La magistrada no impone la condena permanente revisable al asesino de Marta Calvo

La jueza, pese al veredicto del jurado, que ve tres asesinatos y nueve abusos sexuales machistas, huye de la máxima pena y le condena a 159 años y 11 meses de cárcel.

La magistrada del tribunal popular que enjuició entre junio y julio pasados a Jorge Ignacio Palma Jacome por tres asesinatos consumados y ocho intentados de mujeres a las que mataba introduciéndoles cocaína en contra de su voluntad por la vagina y el ano ha dictado hoy sentencia. Pero no según lo esperado

Tal como ha adelantado hoy en exclusiva Levante-EMV, la jueza no le impone ninguna condena a prisión permanente revisable, ni en aplicación del supuesto de la ley que contempla ese castigo, el máximo que contempla el ordenamiento jurídico español, como autor de más de dos asesinatos, ni, como que pedían las acusaciones particulares, tres condenas permanentes entendiendo que era merecedor de una pena máxima por cada uno de los tres asesinatos, los de Arliene Ramos, Lady Marcela Vargas y Marta Calvo, dado que los tres se produjeron de manera subsiguiente a un delito de abuso sexual.

La magistrada, pese al clarísimo dictamen del tribunal popular, ha huido de la máxima condena y se ha limitado a condenarlo a 159 años y 11 meses de cárcel, de los que, matiza, «cumplirá un máximo de 40 años».

Por cada uno de los tres asesinatos consumados le impone 22 años y 10 meses de cárcel; ni siquiera los 25 que permite el Código Penal. Una de las razones es que ha optado por la mínima contemplada por la ley para ese delito, porque así se lo pidió la defensa y porque las acusaciones pedían la pernanente revisable y no esos 25 de techo legal para un asesinato común.

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